FUNDAMENTOS DE DERECHO R E M L
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DERECHO A LA AUTODEFENSA JUDICIAL

Artículo 14

1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.

3. Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:

d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera defensor, del derecho que le asiste a tenerlo, y, siempre que el interés de la justicia lo exija, a que se le nombre defensor de oficio, gratuitamente, si careciere de medios suficientes para pagarlo;

g) A no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable.

CONVENIO DE ROMA Pdf
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CONVENIO DE ROMA

TÍTULO III
Artículo 6
1. La Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros.
2. La Unión respetará los derechos fundamentales tal y como se garantizan en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales firmado en Roma el 4 de noviembre de 1950, y tal y como resultan de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros como principios generales del Derecho comunitario

TÍTULO III
PROCEDIMIENTO
Artículo 19,
Los Estados miembros, así como las instituciones de las Comunidades, estarán representados ante el Tribunal de Justicia por un agente designado para cada asunto; el agente podrá estar asistido por un asesor o un abogado

Proclamar Libertad en toda la tierra todos sus habitantes. - - Levítico 25:10

libertad, n. OF.liberte; L. libertas (-s), libertad, de Liber, libre.
1. libertad o liberación de la esclavitud, encarcelamiento, cautiverio, o cualquier otra forma de control arbitrario. - El Nuevo Siglo XX de Webster Diccionario 2o Ed. (1993)

La libertad natural es el derecho que la naturaleza da a toda la humanidad de disponer de sus personas y bienes después de la manera que juzgan más consistente con su felicidad, a condición de actuar dentro de los límites de la ley de la naturaleza y para no interferir con un ejercicio igual de los mismos derechos por parte de otros hombres.1 Bla.Com.125. - Ibíd.

"La libertad natural del hombre es estar libre de cualquier poder superior en la Tierra, y no estar bajo la voluntad o la autoridad legislativa del hombre, sino sólo tener la ley de la naturaleza para su gobierno". - Samuel Adams.

"La libertad pura es una acción sin obstáculos de acuerdo a nuestra voluntad dentro de límites que nos rodean los mismos derechos de los demás. No añado "dentro de los límites de la ley" porque la ley es a menudo pero la voluntad del tirano, y siempre cuando viola los derechos del individuo". - Thomas Jefferson

La libertad personal consiste en el poder de la locomoción, de cambiar de situación, de llevar a la persona a cualquier lugar que la inclinación pueda dirigir, sin prisión ni restricción a menos que, por el debido curso de la ley. 1 Comentarios de Blackstone 134 ; Hare, Constitución. 777; Bouvier's Law Dictionary, 1914 ed., Black's Law Dictionary, 5th ed.

La libertad civil es definida por Sir William Blackstone como "la de un miembro de la sociedad, y no es otra cosa que la libertad natural hasta ahora restringida por las leyes humanas (y no más) como es necesaria y conveniente para la ventaja general del público".

FILOSOFÍA MODERNA DEL DERECHO .

Leibnitz (467.6 1716), estableciendo un gran sistema de armonía universal, en el cual todo se contrae al principio supremo, procura dar los trabajos relativos al derecho una dirección superior, descartando de la ciencia filosófica las hipótesis  del estado de naturaleza, y refiriendo el principio de derecho al principio

superior de las cosas, á Dios, como fuente de toda justicia.

El derecho, en su opinión, no concierne solamente a las relaciones exteriores de los hombres, sino que se extiende tan allá como la razón y las relaciones racionales de estos con todos los seres. Los espíritus dotados de razón forman con Dios una  ciudad divina (Civitatem Dei) , en la cual el reinado de la naturaleza está en

armonía con el reinado de la Gracia.

La justicia es el principio regulador (rectrix) del amor de la humanidad, de lo que los griegos llamaban I),uv0pco7:ecT , y que con mas razón se llamaría charitatem.

Pero el derecho se manifiesta en tres grados:

Primero, el derecho estricto (jus strictum) , que consiste en la justicia conmutativa,y se compendia en el principio alium non lcedere ; luego

La equidad ((equitas), que consiste en la justicia distributiva , con el principio suum caique tribuere;

y por último , La piedad (pietas) ó la probidad (probitas) , enunciadas en la máxima honeste vivere. El objeto del derecho es el perfeccionamiento (justum est,  quod societatem ratione utentium perficit). El mundo entero es una ciudad de  Dios , de la que nosotros somos los miembros inmortales. Toda la cristiandad debe hacerse una república de Estados, regida por un concilio permanente ó por un senado que él delegue.

La doctrina de Leibnitz fué sistematizada por Wolf (1679-175), quien al  considerar el principio de perfeccionamiento más como origen y base de la  felicidad (per fectio est unicus fons felicitatis), señala también al derecho y al Estado, como fin último, el favorecer por todas partes el perfeccionamiento para la felicidad de todos. Por esta doctrina , en la que se confunden demasiado el derecho y la moral , Wolff favorece también la tendencia de la época hacia la omnipotencia del Estado. Sin embargo, fué la escuela de Leibnitz-Wolff la que por sus principios de perfeccionamiento social ha ejercido una influencia muy feliz sobre la ciencia filosófica y positiva del derecho (').

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(1 )Las obras principales de la escuela de Leibnitz son :

Leibnitz, Nova ncett,odus discendce docendwque jurisprudentice, 1767. Observationes de principio juris. Opp. (editio Dutens), IV, pars. 5. Codex juris pentium (con los dos ;prefacios), 1695-1700. i wow, Ju< nature method() scienti/ica pertractatum; Lipsiæ, 8 tomi in 4.°,1710-18-1. Institutiones juris naturce et pentium. Halæ, 1754. Traduction francesa